Las cosas por su nombre

Ramón Alfonso Sallard

La visibilización de las víctimas de violaciones graves a derechos humanos resulta indispensable para lograr la reparación integral del daño. Es el paso previo, pero también el objetivo último de los afectados y sus familias. Hay casos de sobrevivientes de tortura, de desaparición forzada y de ejecución extrajudicial que han sido invisibilizados por razones políticas, o bien, por problema estructurales del aparato de justicia. El agravio es mayor cuando el Estado ha criminalizado nuevamente a las víctimas de manera póstuma, a fin de evadir su responsabilidad en los hechos. El clamor, en una u otra circunstancia, es el mismo: “di mi nombre, y en voz alta”.

Un caso extremadamente ruin, por la mendacidad con la que se condujo el entonces presidente de la República, Felipe Calderón Hinojosa, fue el que se registró el 19 de marzo de 2010. Esa noche, los jóvenes Javier Francisco Arredondo Verdugo y Jorge Antonio Mercado Alonso, alumnos de excelencia del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, fueron asesinados por soldados al interior del campus de esa institución privada en Monterrey.

Después de que ocurrieron los hechos, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) afirmó que los jóvenes eran sicarios que habían atacado a los militares y que estaban armados “hasta los dientes”. Justamente ese fue el título del documental transmitido por Netflix[i] que exhibió, en toda su magnitud y crudeza, lo que Calderón definió en su momento como “daños colaterales”, es decir, población civil asesinada por agentes del Estado durante alguna acción armada en contra de la delincuencia organizada. Complementó la visibilización de lo sucedido las denuncias de los familiares de ambas víctimas, y la campaña de difusión emprendida por el colectivo #TodosSomosJorgeyJavier.

Tuvieron que pasar nueve años y dos gobiernos que evadieron su responsabilidad –el primero del PAN y el segundo del PRI– para que el Estado mexicano reconociera que Javier Francisco Arredondo Verdugo y Jorge Antonio Mercado Alonso no eran sicarios, sino estudiantes de excelencia; que no portaban armas y que los militares involucrados manipularon la escena del crimen.

Tres meses y medio después del inicio de la actual administración, el 19 de marzo de 2019, se realizó un acto de disculpa pública presidido por quienes ocupaban entonces los cargos de secretaria de Gobernación y presidente de la Comisión Ejecutiva de Víctimas (Ceav), Olga Sánchez Cordero y Jaime Rochín del Rincón, respectivamente.

El titular de la CEAV repitió una y otra vez los nombres de los jóvenes. Lo hizo no sólo por el derecho de las víctimas directas e indirectas al honor y al buen nombre, sino también para hacer valer el derecho a la verdad. Fue aquel un ejercicio de memoria, para no olvidar. Y es que no se pueden promover y defender los derechos humanos en abstracto, o guardar silencio sobre una ejecución extrajudicial. Hay que decir las cosas por su nombre.

Es importante precisar el concepto de víctima y su evolución histórica. En lenguaje común, víctima es toda aquélla persona que sufre, ya sea por acción propia o de otros, incluso por hechos de la naturaleza. También se considera víctima a quien es engañado, perseguido o abandonado. En términos jurídicos, una persona ha sido victimizada cuando cualquiera de sus derechos ha sido violado por actos deliberados o maliciosos.

Benjamín Mendelsohn (23/04/1900–25/01/1998), criminólogo judío de origen rumano, fue el primero en realizar un estudio sistematizado de las víctimas (1940). Hasta entonces, eso no ocurría. El derecho penal se enfocaba en el victimario y dejaba de lado a la víctima.

Mendelsohn fue quien sugirió crear una ciencia independiente: la victimología. Él y Hans von Hentig (09/06/1887–06/07/1974), criminólogo alemán, son considerados los padres de la victimología, que parte de una premisa básica: No hay justicia si no se toma en cuenta a la víctima.

En el desarrollo de la victimología destacan tres teorías: a) conservadora, b) liberal y c) socialista. La primera se concentra en la norma. La segunda sostiene que víctima y victimario interactúan, al punto de que un victimario también puede ser víctima. La tercera se origina en el libro Utopía de Tomás Moro.

Como antecedentes habría que señalar: a) Convenios de Ginebra de 1864 “para mejorar la suerte que corren los militares heridos de los ejércitos en campaña”; b) Declaración de San Petesburgo de 1868 para prohibir el uso de ciertos tipos de armas durante un conflicto bélico; c) Conferencias de la Haya de 1899 y 1907, inspiradas en los trabajos del Proyecto de declaración concerniente a las leyes y costumbres de la guerra en Bruselas, 1874; d) las dos guerras mundiales del siglo XX (1914–1918 y 1939–1945); y e) la Carta de las Naciones Unidas (1945), que dio origen a la ONU.

El derecho de guerra ya existía mediante el derecho consuetudinario. Sin embargo, a partir de entonces surge una serie de mecanismos e instrumentos internacionales que colocan en el centro del escenario la dignidad humana. Empieza a desarrollarse entonces el derecho internacional de los derechos humanos con un enfoque orientado a las víctimas.[ii]

Como consecuencia de la guerra, surge la necesidad de dar acompañamiento psicosocial a sus víctimas. Se definen los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, entre ellos el asesinato de civiles, el exterminio, la esclavitud, la tortura, el apartheid y varios más. Después aparecen las comunidades emocionales,[iii] que se enfocaron en la psicopatología que afecta a las víctimas, conocida inicialmente como neurosis de guerra. A partir de la invasión estadounidense a Vietnam cambió su denominación a Trastorno de Estrés Postraumático.

En cuanto a México, el camino de las víctimas ha sido bastante tortuoso. La primera norma sobre el tema data de 1969: Ley sobre Auxilio a Víctimas (Estado de México). En los años 80 del siglo XX, el Instituto Nacional de Ciencia penal (Inacipe) fundó la primera cátedra. Luego, en 1989, surgió el Programa de Atención a víctimas de la Procuraduría General de Justicia del DF. En 1993, una reforma al artículo 20, apartado C, de la Constitución, reconoció derechos de víctimas del delito. Finalmente, el 9 de enero de 2013 se promulgó en el Diario Oficial de la Federación la ley General de Víctimas.

Se recorrió un camino largo para llegar a ese punto: tuvo que ocurrir el movimiento estudiantil y la matanza del 2 de octubre de 1968 en Tlatelolco; el halconazo de junio de 1971; la guerrilla rural y urbana en los 60 y 70, y la consiguiente Guerra sucia desplegada por el Estado mexicano para aniquilar a los combatientes.

La primera víctima de desaparición forzada en esa época fue Epifanio Avilés Rojas. Después ocurrirían cientos más, documentadas principalmente por el Comité Eureka, presidido por Rosario Ibarra de Piedra, y la asociación AFADEM de Tita Radilla, hija de la primera víctima de desaparición forzada en México (Rosendo Radilla Pacheco), que mereció una condena al Estado mexicano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

A su vez, la CNDH realizó una investigación y entregó un informe en 2001 sobre desapariciones. Como consecuencia se creó la FEMOSPP (Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticas del Pasado), que judicializó varios casos de la Guerra Sucia.

Pero fue, sin duda, la guerra desatada por Felipe Calderón, presuntamente contra el narco, la que desató la barbarie y colocó a México en un tobogán de violencia y sangre que no ha cesado 18 años después, a pesar de la nueva política implementada por el actual gobierno.

Ciertamente, en los primeros años, el gobierno de AMLO logró contener el índice de criminalidad, y a partir del segundo trienio el descenso ha sido pequeño pero constante. Desde luego, eso no es suficiente. Y no me refiero solamente a las políticas públicas, sino también a la voluntad política de pronunciar los nombres de las víctimas, en voz alta, y de castigar a los principales criminales, entre los cuales no se puede omitir el nombre de Felipe Calderón Hinojosa.

 


[i] También se puede ver en:  1https://www.youtube.com/watch?v=QoPS9RkP4BU

Youtube.

[ii] Macleod, M. & De Marinis, N. (eds.). (2019). Comunidades emocionales. Resistiendo a las violencias en América Latina, primera edición en español: agosto de 2019, Universidad Autónoma Metropolitana e Instituto Colombiano de Antropología e Historia. Título original: Macleod, Morna y Natalia de Marinis (eds.) (2018). Resisting Violence. Emotional Communities in Latin America, Estados Unidos/Reino Unido: Palgrave Macmillan. Traducción: Michael Picard y Carolina Carter.

[iii] Mendoza García, J. (2015). Memoria de las Desapariciones durante la Guerra Sucia en México. Universidad Pedagógica Nacional.

Por Redaccion

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